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SBC Servicios

Somos expertos en gestión de la inclusión socio-laboral de personas con diferentes tipologías y grados de discapacidad, capaz de acompañarle en todo el proceso de aplicación práctica o de despliegue de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Contamos con la calificación de CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO de la Comunidad de Madrid y del Principado de Asturias.

Podemos ayudarle

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley, todas las empresas con +50 trabajadores deben contratar un 2% de personas con una discapacidad de al menos el 33%. Si encuentra alguna dificultad para cumplir con lo dispuesto en el marco normativo, podemos ayudarle.

La Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social es una norma española que tiene como objetivo proteger y garantizar los derechos de las personas con discapacidad y promover su plena inclusión en la sociedad. Esta ley fue aprobada en 2013 y es de aplicación en todo el territorio nacional.

La ley establece medidas para garantizar la accesibilidad y la no discriminación de las personas con discapacidad, así como para mejorar su calidad de vida y su participación en la sociedad. También se establecen medidas para fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad, incluyendo la promoción de la igualdad de oportunidades en el empleo y el fomento de la inclusión en el mercado laboral.

Además, la ley establece un sistema de protección y apoyo a las personas con discapacidad, incluyendo la creación de servicios y recursos para apoyar su inclusión social y laboral. La ley también establece la creación de un Consejo Estatal de la Discapacidad, un organismo independiente encargado de velar por los derechos de las personas con discapacidad y de garantizar su plena inclusión en la sociedad.

Como empresa de más de 50 empleados, la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social te obliga a cumplir con una serie de obligaciones para garantizar la inclusión laboral y no discriminación de las personas con discapacidad:

  1. Accesibilidad: Debes garantizar que tus instalaciones, servicios y productos sean accesibles para todas las personas, incluyendo a las personas con discapacidad.
  2. No discriminación: Debes asegurarte de que no se produzca discriminación en el empleo o en el acceso a los servicios y productos que ofreces a las personas con discapacidad.
  3. Igualdad de oportunidades: Debes promover la igualdad de oportunidades en el empleo para las personas con discapacidad y asegurarte de que tengan las mismas oportunidades que los demás trabajadores.
  4. Inclusión laboral: Debes fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad y asegurarte de que tengan acceso a oportunidades de empleo y formación adecuadas.
  5. Adaptaciones razonables: Debes hacer las adaptaciones razonables necesarias en el empleo y en las instalaciones para garantizar la inclusión y el acceso a las personas con discapacidad.

Estas son solo algunas de las obligaciones que tienes como empresa de más de 50 empleados bajo la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Puedes ponerte en contacto con nosotros para más información acorde a la casuística específica de tu organización.

Como empresa de más de 50 empleados, la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social no te obliga a contratar a personas con discapacidad de forma directa, pero sí te obliga a promover la igualdad de oportunidades y a fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Esto significa que debes asegurarte de que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades que los demás trabajadores en cuanto a empleo, formación y desarrollo profesional, y debes hacer las adaptaciones razonables necesarias en el empleo y en las instalaciones para garantizar su inclusión.

Debes saber que existe una cuota de reserva en el mercado laboral para personas con discapacidad, que establece que las empresas con más de 50 trabajadores deben destinar el 2% de sus puestos de trabajo para personas con discapacidad. Esta cuota es un objetivo a alcanzar y no una obligación estricta, pero las empresas que no cumplan con ella pueden estar sujetas a sanciones administrativas.

Si una vez publicada la oferta pública de empleo, nadie se apunta o no hay demandantes de empleo o si por las razones técnicas, económicas o administrativas que recoge la Ley no puedes contratar a personas con discapacidad igual o superior al 33%, podemos ayudarte. No dudes en contactarnos.

Entre nuestros servicios ofrecemos está el Recruiting:

  • Tenemos amplia experiencia en adecuar perfiles a personas
  • Accedemos a portales especializados
  • Tenemos acuerdos de colaboración con asociaciones de personas con diferentes tipologías y grados de discapcidad
  • Colaboramos con entidades dedicadas a atender a personas con determinadas patologías y grados de discapacidad compatibles con múltiples puestos de empleo
  • Disponemos de un grupo de apoyo integral dedicado a mejorar el bienestar y la calidad de vida de las personas con discapacidad

Si una vez publicada la oferta pública de empleo, nadie se apunta o no hay demandantes de empleo o si por las razones técnicas, económicas o administrativas que recoge la Ley no puede contratar a personas con discapacidad igual o superior al 33%, como opción de carácter excepcional, puedes promover la igualdad de oportunidades y fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad, pero antes deberás comunicar a la administración competente tu situación aportando una Solicitud de Medidas Alternativas con la Comunidad Autónoma competente.

Podemos ayudarte y elaborarla por cuenta de nuestros clientes.

Una vez aprobada la Solicitud de Medidas Alternativas con la Comunidad Autónoma competente, puedes acceder a diferentes MEDIDAS ALTERNATIVAS:

  • Contratar con un Centro Especial de Empleo (CEE) para la prestación de servicios y/o el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo etc
  • Realizar donaciones a entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la integración social de personas con discapacidad
  • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción de un contrato con un Centro Especial de Empleo

Un Centro Especial de Empleo (CEE) es una organización creada para brindar oportunidades laborales a personas con discapacidad. Como CEE, nuestro principal objetivo no es sólo ayudarles a integrarse en el mercado laboral sino además, mejorar su calidad de vida. Nuestros trabajadores realizan tareas adaptadas a sus capacidades y reciben apoyo y formación continua para realizar su trabajo con destreza. Además, brindamos apoyo en cuestiones relacionadas con su vida laboral y personal.

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Somos expertos en gestión de la inclusión socio-laboral de personas con diferentes tipologías y grados de discapacidad, capaz de acompañarle en todo el proceso de aplicación práctica o de despliegue de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Contamos con la calificación de CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO de la Comunidad de Madrid y del Principado de Asturias.

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De acuerdo con lo dispuesto en la Ley, todas las empresas con +50 trabajadores deben contratar un 2% de personas con una discapacidad de al menos el 33%. Si encuentra alguna dificultad para cumplir con lo dispuesto en el marco normativo, podemos ayudarle.

La Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social es una norma española que tiene como objetivo proteger y garantizar los derechos de las personas con discapacidad y promover su plena inclusión en la sociedad. Esta ley fue aprobada en 2013 y es de aplicación en todo el territorio nacional.

La ley establece medidas para garantizar la accesibilidad y la no discriminación de las personas con discapacidad, así como para mejorar su calidad de vida y su participación en la sociedad. También se establecen medidas para fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad, incluyendo la promoción de la igualdad de oportunidades en el empleo y el fomento de la inclusión en el mercado laboral.

Además, la ley establece un sistema de protección y apoyo a las personas con discapacidad, incluyendo la creación de servicios y recursos para apoyar su inclusión social y laboral. La ley también establece la creación de un Consejo Estatal de la Discapacidad, un organismo independiente encargado de velar por los derechos de las personas con discapacidad y de garantizar su plena inclusión en la sociedad.

Como empresa de más de 50 empleados, la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social te obliga a cumplir con una serie de obligaciones para garantizar la inclusión laboral y no discriminación de las personas con discapacidad:

  1. Accesibilidad: Debes garantizar que tus instalaciones, servicios y productos sean accesibles para todas las personas, incluyendo a las personas con discapacidad.
  2. No discriminación: Debes asegurarte de que no se produzca discriminación en el empleo o en el acceso a los servicios y productos que ofreces a las personas con discapacidad.
  3. Igualdad de oportunidades: Debes promover la igualdad de oportunidades en el empleo para las personas con discapacidad y asegurarte de que tengan las mismas oportunidades que los demás trabajadores.
  4. Inclusión laboral: Debes fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad y asegurarte de que tengan acceso a oportunidades de empleo y formación adecuadas.
  5. Adaptaciones razonables: Debes hacer las adaptaciones razonables necesarias en el empleo y en las instalaciones para garantizar la inclusión y el acceso a las personas con discapacidad.

Estas son solo algunas de las obligaciones que tienes como empresa de más de 50 empleados bajo la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Puedes ponerte en contacto con nosotros para más información acorde a la casuística específica de tu organización.

Como empresa de más de 50 empleados, la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social no te obliga a contratar a personas con discapacidad de forma directa, pero sí te obliga a promover la igualdad de oportunidades y a fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Esto significa que debes asegurarte de que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades que los demás trabajadores en cuanto a empleo, formación y desarrollo profesional, y debes hacer las adaptaciones razonables necesarias en el empleo y en las instalaciones para garantizar su inclusión.

Debes saber que existe una cuota de reserva en el mercado laboral para personas con discapacidad, que establece que las empresas con más de 50 trabajadores deben destinar el 2% de sus puestos de trabajo para personas con discapacidad. Esta cuota es un objetivo a alcanzar y no una obligación estricta, pero las empresas que no cumplan con ella pueden estar sujetas a sanciones administrativas.

Si una vez publicada la oferta pública de empleo, nadie se apunta o no hay demandantes de empleo o si por las razones técnicas, económicas o administrativas que recoge la Ley no puedes contratar a personas con discapacidad igual o superior al 33%, podemos ayudarte. No dudes en contactarnos.

Entre nuestros servicios ofrecemos está el Recruiting:

  • Tenemos amplia experiencia en adecuar perfiles a personas
  • Accedemos a portales especializados
  • Tenemos acuerdos de colaboración con asociaciones de personas con diferentes tipologías y grados de discapcidad
  • Colaboramos con entidades dedicadas a atender a personas con determinadas patologías y grados de discapacidad compatibles con múltiples puestos de empleo
  • Disponemos de un grupo de apoyo integral dedicado a mejorar el bienestar y la calidad de vida de las personas con discapacidad

Si una vez publicada la oferta pública de empleo, nadie se apunta o no hay demandantes de empleo o si por las razones técnicas, económicas o administrativas que recoge la Ley no puede contratar a personas con discapacidad igual o superior al 33%, como opción de carácter excepcional, puedes promover la igualdad de oportunidades y fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad, pero antes deberás comunicar a la administración competente tu situación aportando una Solicitud de Medidas Alternativas con la Comunidad Autónoma competente.

Podemos ayudarte y elaborarla por cuenta de nuestros clientes.

Una vez aprobada la Solicitud de Medidas Alternativas con la Comunidad Autónoma competente, puedes acceder a diferentes MEDIDAS ALTERNATIVAS:

  • Contratar con un Centro Especial de Empleo (CEE) para la prestación de servicios y/o el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo etc
  • Realizar donaciones a entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la integración social de personas con discapacidad
  • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción de un contrato con un Centro Especial de Empleo

Un Centro Especial de Empleo (CEE) es una organización creada para brindar oportunidades laborales a personas con discapacidad. Como CEE, nuestro principal objetivo no es sólo ayudarles a integrarse en el mercado laboral sino además, mejorar su calidad de vida. Nuestros trabajadores realizan tareas adaptadas a sus capacidades y reciben apoyo y formación continua para realizar su trabajo con destreza. Además, brindamos apoyo en cuestiones relacionadas con su vida laboral y personal.

Servicios

Limpieza

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Servicios profesionales en todos los ámbitos [colegios, naves, AA.PP., hospitales…] Productos ecológicos
Los mejores útiles y maquinaria
Máximo aprovechamiento de recursos [agua, productos, energía]

Vending

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Adecuación a requerimientos
Productos sostenibles y saludables
Atención inmediata de incidencias
Interlocutor único

Formación

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AdHoc [presencial, online, blended]
Amplio elenco de profesores
Entorno securizado
Tutorías periódicas
Soporte en la gestión con FUNDAE

Recepcionistas

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Amplia experiencia
Alto nivel de idiomas C1, B2
Gran capacidad de respuesta
Personal de refuerzo
Coordinadores de apoyo permanente

Servicios Auxiliares

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Personal administrativo
Expertos en grabación de datos
Apoyo logístico (mozos, reponedores, carretilleros)

Conserjes

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Mantenimiento integral de fincas urbanas
Nos encargamos de todas sus necesidades para que se sienta cómodo en su comunidad u oficina
Portería 24h, limpieza de zonas comunes, mantenimiento, atención de visitas, correo y control de buzoneo
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Testimonios

«En SBC, me he encontrado con una pequeña familia que siempre me ha apoyado desde el primer momento. Gracias a la confianza y el apoyo de todo el equipo, he tenido la oportunidad de crecer y desarrollarme tanto personal como profesionalmente»

Cristina López Hurtado, Coordinadora en SBC

«Una de las mejores empresas para trabajar en España, implicación total con los trabajadores y los clientes. Te hacen sentir de la familia»

Francisco Samblás, Gerente de ALIM CONSULTORIA